Claves para la mierda de ley de los 110
La sanción por ir a más velocidad de la establecida en esta modificación de la norma se regula por el Anexo IV de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre. Para velocidades por encima de 110 km/h, para turismos y motocicletas en autopistas y autovías, las sanciones son:
- de 111 km/h a 140 km/h multa de 100 euros sin retirada de puntos
- de 141 km/h* a 160 km/h multa de 300 euros y retirada de 2 puntos
- de 161 km/h a 170 km/h multa de 400 euros y retirada de 4 puntos
- de 171 km/h a 180 km/h multa de 500 euros y retirada de 6 puntos
- más de 181 km/h multa de 600 euros y retirada de 6 puntos
* No se retirarán puntos hasta los 151 km/h
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